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La ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha convertido en un destino para muchas familias del mundo que no pueden ampliar su familia a través de la gestación por sustitución.

DISPOSICIONES 93/DGRC/17, 103/DGRC/17 y 122/DGRC/20

Desde el martes 24 de octubre del 2017 por resolución del REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS de la Ciudad de Buenos Aires, se inscriben a los nacidos por técnicas de gestación por sustitución sin necesidad de requerir antes o después autorización a un juez.  Se autoriza  a  inscribir,  en  términos  preventivos,  los  nacimientos de los menores nacidos por Técnicas de Reproducción Humana Asistida de alta complejidad, denominada gestación solidaria, bajo los siguientes presupuestos de otorgamiento, a saber: “Autorizar  a  inscribir,  en  términos  preventivos,  los  nacimientos de los menores nacidos por Técnicas de Reproducción Humana Asistida de alta complejidad, denominada gestación solidaria, bajo los siguientes presupuestos de otorgamiento, a saber: 1) Que se trate de menores nacidos en la Ciudad Autónoma de  Buenos  Aires  por  el  método  de  gestación  solidaria  realizada  en  el  país;  2)  Que  la  voluntad procreacional de los progenitores haya sido expresada en forma previa, libre e informada; 3) Que la gestante previa y fehacientemente hubiera expresado no tener voluntad procreacional y 4) Que la inscripción deberá hacerse en términos preventivos, además debiendo los datos de la gestante ser asentados en el legajo”. La Normativa 103/DGRC/17 extendió los procedimientos a los realizados en cualquier parte del país y la 122/DGRC/20 refiere a que  la realidad de los hechos determina, que el debido ejercicio de los derechos constitucionales de familia, como el derecho a la identidad, no pueden circunscribirse a la acotación territorial de nuestro país, toda vez que resulta privativo de cada familia la opción de lugar en donde se efectúa el tratamiento objeto de la presente, debiendo este organismo, dar debida respuesta a la necesidad de registración de la ciudadanos de la Ciudad de Autónoma de Buenos.

Lo asesoramos en las distintas etapas, sea cauteloso con ofrecimientos de intermediarios y agencias, recuerde que no existen las agencias locales, ya que la gestación es altruista.  Si le hablan de agencia solicite los documentos que la habilitan a trabajar de esta manera, no se los darán ya que no pueden existir.  Tampoco es correcto y puede ser delito el ofrecimiento de mujeres gestantes por abogados, y centros médicos cobrando por ello e intermediando.

Solicite credenciales de quienes dicen conocer del tema, donde sr formaron, que especialización han recibido y donde.  Recuerde que lo mas importante es que su hijo nazca en seguridad médica y jurídica.

Cualquier duda no deje de contactarnos, nuestra opinión legal siempre le será muy útil

 

Argentina: Posible,  El proceso depende la jurisprudencia de cada provincia. En Ciudad de Buenos Aires se realiza administrativamente en base a una accion cautelar de clase.

Estados Unidos: La gestación por sustitución se admite en casi todos los Estados menos en LOUISIANA, NEBRASKA, MICHIGAN. Aconsejamos fuertemente asesorase con un abogado de The Academy of Adoption and Assisted Reproduction Attorneys (AAAA)

Canadá: Es posible, no es comercial como en EEUU, chuquee siempore con un abogado local The Academy of Adoption and Assisted Reproduction Attorneys (AAAA). el proceso es altruista.

México: Un reciente fallo de la Corte Suprema de dicho país da nuevamente vía libre a la gestación por sustitución en el país. Verificar los requisitos de cada Estado.  Sin embargo es cada Estado el que debe legalizar y aún no hay leyes certeras.

Colombia: La gestación es reconocida a través de procesos de impugnación de maternidad.  Revise bien con un abogado las adopciones de cónyuges realizadas en otros países. Hay otros procesos a través de notarios pero los niños solo tendran en este caso partida de nacimiento mas no pasaporte.

Ecuador: La maternidad subrogada se permite únicamente en casos excepcionales. No es comercial.

Perú: Hay algunos casos. Hay procesos de impugnación de maternidad, no hay una ley de fondo y no es un país seguro  para estas prácticas.

Brasil y Uruguay: Se realiza hasta determinado grado dentro de la familia unicamente. Las familias de estos países prefieren venir a hacer sus procesos a Buenos Aires.

Ucrania: Solo para matrimonios heterosexuales y uno de ellos debe al menos aportar un gameto

Georgia: Pareja heterosexual y puede ser con doble donación de gametos.

South Africa: Thailandia, India: revisar solo lo acepta para sus residentes y en determinadas condiciones.

Nigeria, Kenya y Ghana han habido casos sin legislación y dificultosos. Ser sumamente cauteloso

Vietnam: Limitado intrafamiliar y con ciertas condiciones.

Grecia: Limitado con condicionamientos vía judicial.

Para asesoramiento juridico visite  el sitio web Quaini.com

Guía para tener en cuenta en la Gestación por Sustitución Surrogacy

Link Externo sobre EEUU https://www.creativefamilyconnections.com/us-surrogacy-law-map/